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NORMAS DE CONVIVENCIA
Se
expresan a continuación las condiciones de alquiler de parcelas
para la instalación de unidades móviles o Motor-Homes, ubicadas
dentro del predio del Camping Cascallares. En términos generales
son normas de convivencia regidas por el sentido común al solo
fin de conservar el clima familiar que ha caracterizado al
establecimiento durante más de cuarenta años.
EL
ACCESO AL CAMPING ESTA SIEMPRE CONTROLADO: CONDICIONES.
En
el horario diurno, comprendido entre las 9.00 y 20.00 hs, se
autoriza el acceso de personas y vehículos en la oficina de paso
de la entrada, en el horario nocturno entre las 20.00 y las 9.00
hs, el establecimiento requiere el franqueo exclusivo del
personal de guardia nocturno. El acceso legitimo a la parcela,
ampara al titular y las personas habilitadas por este, a quienes
se le extiende previamente una credencial de acceso personal.
Los invitados eventuales ingresan al predio bajo responsabilidad
del parcelario y tendrán un cargo adicional a convenir según la
condición y tiempo de permanencia. En todos los casos, los
propietarios (la empresa) se reservan el derecho de admisión y
permanencia
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CONDICIONES
PREVIAS AL ALQUILER DE PARCELAS.
Se
adquiere la condición de parcelario una vez que se ha completado
la ficha de datos y se acuerda dicha formalidad. Podrá
instalar una Casa Rodante o Motor-Home bajo condiciones de
ocupación, derechos y obligaciones que se expresan
seguidamente.
4 REGISTRO DE DATOS. SOLICITUD A COMPLETAR POR EL
PARCELARIO.
1)
Datos personales del titular solicitante. Domicilio permanente y
laboral.
2)
Datos particulares de quienes habitaran la unidad: a quienes se
les extenderá el credencial personal. (4 a 6 personas, según se
convenga).
3)
Características técnicas de la unidad a instalar: Dimensión,
Instalación de Agua y Luz y cualidad del estacionamiento fijo o
móvil.
4)
Aprobada la solicitud recibirá la nómina cuya numeración se
acredita a la parcela.
5)
El contrato se extiende por el plazo mínimo de un (1) año.
5 INSTALACIÓN Y RETIRO DE LA UNIDAD MÓVIL.
La
instalación de Casas Rodantes o Motor-Homes requiere la expresa
autorización de los propietarios del establecimiento, luego de
habilitada la Ficha de Ingreso. Allí quedará constancia si el
régimen de instalación es fijo o temporario convalidando el
correspondiente aviso de retiro de la unidad móvil en forma
periódica o eventual, según desee el parcelario. Esto significa
que el retiro de la unidad del establecimiento debe contar con
el conocimiento y consentimiento expreso de los propietarios del
camping. Asimismo solo podrá efectuarla el titular acreditado en
la ficha de ingreso y no teniendo ninguna deuda pendiente.
6 USO Y CONSERVACION DE LAS PARCELAS. EL BUEN
GUSTO Y LA CREAT IDAD.
El
parcelario elegirá la unidad que prefiera, entre las disponibles
desocupadas. Si bien esta formalidad no otorga ni constituye
derecho de propiedad, el parcelario podrá disponer por su cuenta
y cargo de los accesorios y jardinería que desee, siempre que no
afecten física o socialmente a sus vecinos, dentro del área
circunscripta a su parcela. Asimismo podrá instalar un baño
particular en las mismas condiciones, previa autorización de los
propietarios del establecimiento. Los parcelarios deberán
mantener su casa rodante, en condiciones que permitan su
desplazamiento inmediato frente a cualquier eventualidad dejando
dispuestos a simple vista, los accesorios necesarios para tal
fin. El establecimiento no se responsabiliza por ninguna pérdida
o deterioro que eventualmente pudiera sufrir la unidad móvil y
habitacional durante la vigencia del contrato, ni por cualquier
robo o hurto que se pudiera suceder, sugiriéndoles por optar por
algún tipo de seguro específico.
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AUTORIZACION DE TENENCIA DE MASCOTAS.
Se permite la tenencia de mascotas domésticas, dentro de la
superficie de la parcela. Los paseos eventuales, fuera de ella
quedaran siempre bajo la exclusiva responsabilidad de su dueño.
Se aclara, además que esta autorización es exclusiva, solo y
mientras el titular o habilitados en la ficha de registro se
encentren en el predio, debiendo llevarlas con ellos cuando se
retiren. La empresa no se hará cargo del abandono o descuido
involuntario de las mascotas, por parte de sus amos.
8 SERVICIOS ADICIONALES PARA LOS PARCELARIOS.
-
Una toma general para el suministro de agua corriente con
habilitación de derivaciones secundarias internas a cargo del
parcelario, el volumen disponible es irrestricto pero se
advierte que el camping suscribe al uso responsable de este
recurso natural.
-
Una toma general para el suministro de energía eléctrica, con
habilitación secundarias internas a cargo del parcelario sujeta
a condiciones ampliadas en referencia (1).
-
Recolección diaria de desperdicios en depósitos dispuestos a tal
fin.
-
Disponibilidad de 2 llaves del baño privado (1 de damas y 1 de
caballeros), instalado en el sector de sanitarios públicos, con
lavatorio, bidet, duchero y agua caliente.
-
Estacionamiento de vehículos fuera del área parcelaria, dentro
de dicha área solo se permite el ingreso de un auto por parcela,
quedando expresamente prohibido el acceso de los vehículos a
dicha zona los días de lluvia o mal tiempo.
-
Acceso a las piletas de natación en temporada dispuesto por los
propietarios del Camping, para el titular y familiares directos
habilitados en la ficha de ingreso.
Permiso de ocupación en aéreas comunes de servicios,
restaurante, quincho, mesas y asientos de la zonas de camping,
muelle de pescadores y amarre de lanchas y canoas.
-
Uso de las instalaciones deportivas: Canchas de Fútbol, Tenis,
Vóley, y Tejo.
- - -
(1)
Condiciones particulares de suministro de energía eléctrica.
Medidor de electricidad a la firma del contrato. al frente de
cada parcela se ha dispuesto un poste particular dónde instalar
el contador de energía. Dicho medidor queda a cargo del
parcelario, quien lo abonara a la firma del contrato.
Consumo individual (costo fijo), el parcelario deberá abonar un
costo fijo mensual (el mismo será a convenir y se modificará
según las modificaciones que surjan de la empresa Edenor. Este
concepto es obligatorio aparte del consumo eventual de cada
parcela, y se deberá abonar así el parcelario no haya hecho
ningún uso de su unidad habitacional. El consumo individual (o
eventual de cada parcela se registra en Kw y es liquidado
mensualmente por la administración del camping. En ambos casos
el NO pago de dos
(2) meses consecutivos (tanto del costo fijo como del consumo
eventual), da derecho a la empresa al corte del suministro.
PROHIBICIONES
Se
prohíbe toda conexión extra de sistemas de desagües o
instalaciones eléctricas, como también de construcciones de
material fijas, sin la correspondiente conformidad de los
propietarios.
Los
parcelarios se excluirán de anclar, encadenar, desarmar,
modificar o guardar dentro de su parcela cualquiera de los
muebles y accesorios que brinda el establecimiento para uso
común.
Se
prohíbe la realización de reuniones con el uso de aparatos de
música, cuya intensidad de volúmen perturbe la tranquilidad de
los usuarios vecinos.
Queda terminantemente prohibido hacer fogatas en aéreas no
especificas para tal fin.
No
podrán utilizarse las parcelas vacías como estacionamiento
particular.
Las
conexiones de luz y salidas de agua deben quedar desconectadas
de las casas rodantes o motor-home cada vez que los usuarios se
retiren del establecimiento.
1 COSTO DEL ALQUILER DE PARCELA, (CONTRATO
MINIMO UN AÑO)
El
alquiler de la parcela se extiende a nombre del titular
solicitante y es intransferible, éste deberá presentar la
siguiente documentación: FOTOCOPIA DE DNI, CONSTANCIA DE CUIT O
CUIL, Y UN SERVICIO A SU NOMBRE.
El
valor del alquiler de la parcela es de $300 mensuales, el cual
podrá ser modificado por la empresa cuando lo considere
necesario para su funcionamiento.
El
pago se hará efectivo del 1 al 10 de cada mes en curso.
Por
falta de pago durante dos (2) meses consecutivos, deviene una
indexación del 10% sobre mes adeudado. El 6ª mes de ausencia,
(sin aviso o notificación) del parcelario, habilitará a los
propietarios del camping a consignar la parcela a un nuevo
titular y disponer el retiro de la casa rodante, bajo
apercibimiento formal.
El
horario de tránsito, instalación y días de retiro no tiene
restricciones, pero deberá tener la conformidad de los
propietarios del establecimiento. Caso contrario el personal de
guardia de seguridad presentará impedimento.-------
Queda terminantemente prohibido el uso de la unidad habitacional
como vivienda única y permanente.
El
arrendamiento de parcelas y el uso de las instalaciones no
generan derechos permanentes ni privilegios. En el caso de
eventuales reformas o nuevas obras que requieran del espacio ya
ocupado por la parcela, deberá elegir otra zona, en acuerdo con
los propietarios, para su nueva ubicación.
El
titular parcelario da fe de conocimiento y aprobación de las
condiciones y normas de convivencia aquí expresadas, firmando al
pie del presente documento.
En
la ciudad de Moreno, a los …… días del mes de ……………. de
………
_________________________
_________________________
Firma del Propietario
Firma del Parcelario N°
========
Ficha Registro de Alquiler de la Parcela N° .........
Y solicitud de instalación de Casa Rodante o Motorhome
El Titular solicitante
..........................................................
Con Documento tipo ......... Nº ..........................
Domicilio permanente familiar
.......................................................
laboral
..............................................................
Teléfonos
..............................................................
Celular ...............................................
Solicita autorización para la instalación de mi casa rodante, en
el Cascallares Camping Club, a partir de
........................... hasta
................................
ESPECIFICACIONES:
• Dimensiones : ........................
• Tipo de Ingreso de agua y desagüe:
...............................................................
Con la firma al pie, doy fe de conocimiento y acatamiento a
todas las disposiciones que se encuentran en este documento.
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_______________________
Firma del parcelario
Aclaración
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